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Sostiene que el legislador no buscó una alteración de ese marco, pero la reforma produce una externalidad con consecuencias como pérdida de papel de engarce, mayor conflictividad en Estrasburgo y aparición de asuntos repetitivos. Para responder, redefine el rol del TC en el nuevo contexto mediante el valor de la “especial trascendencia constitucional” y la recepción de la doctrina del TEDH a través de sentencias y garantías del debido proceso.",{"@graph":51,"@context":106},[52,68,89],{"@type":53,"itemListElement":54},"BreadcrumbList",[55,59,62,65],{"item":56,"name":57,"@type":58,"position":9},"https://docshare.wps.com","Home","ListItem",{"item":60,"name":10,"@type":58,"position":61},"https://docshare.wps.com/es/template/",2,{"item":63,"name":35,"@type":58,"position":64},"https://docshare.wps.com/es/template/presentaciones/",3,{"item":66,"name":47,"@type":58,"position":67},"https://docshare.wps.com/es/template/a-new-framework-for-the-relationship-between-the-spanish-constitutional-court-and-the-european-court-of-human-rights-santiago-ripol-carulla-study/200371/",4,{"url":66,"name":47,"@type":69,"image":70,"author":75,"headline":47,"publisher":78,"fileFormat":81,"inLanguage":45,"description":49,"dateModified":82,"datePublished":83,"encodingFormat":81,"isAccessibleForFree":84,"interactionStatistic":85},"DigitalDocument",{"url":71,"@type":72,"width":73,"height":74},"https://docshare.wps.com/thumbnails/a-new-framework-for-the-relationship-between-the-spanish-constitutional-court-and-the-european-court-of-human-rights-santiago-ripol-carulla-study/200371.png","ImageObject",442,249,{"name":76,"@type":77},"River Wang","Person",{"url":56,"name":79,"@type":80},"DocShare","Organization","application/pdf","2026-09-19","2026-09-04",true,{"@type":86,"interactionType":87,"userInteractionCount":9},"InteractionCounter",{"@type":88},"ViewAction",{"@type":90,"mainEntity":91},"FAQPage",[92,98,102],{"name":93,"@type":94,"acceptedAnswer":95},"Qué cambio introduce la LO 6/2007 en la relación entre el TC y el TEDH?","Question",{"text":96,"@type":97},"La reforma modifica el marco de relación y afecta al papel del TC como engarce entre los sistemas español y europeo de protección de derechos. 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LXVI/1 Madrid, enero-junio 2014 págs. 11-53  \nUN NUEVO MARCO DE RELACIÓN ENTRE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y EL TRIBUNAL EUROPEODE DERECHOS HUMANOS  \nSantiago ripol carulla  \nCatedrático de Derecho internacional público Universidad Pompeu Fabra  \nsUMario: INTRODUCCIÓN.—1. LA QUIEBRA DEL MARCO DE RELACIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CON EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS, UNA EXTERNALIDAD DE LA LO 6/2007 .—1.1. La tradicional relación entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.—1.1.1. Contexto: un doble proceso de reforma.—1.1.2. El TC como engarce entre los sistemas español y europeo de protección de derechos.—1.1.3. La fertilización cruzada entre las doctrinas del TC y el TEDH.—1.2. La objetivación del recurso de amparo.—1.2.1. El nuevo recurso de amparo.—1.2.2. Sobre la compatibilidad de la reforma con el CEDH.—1.3. Consecuencias de la objetivación del recurso de amparo en las relaciones entre el TC y el TEDH.—1.3.1. El traspaso de la función tutelar de los derechos fundamentales.—1.3.2. El aumento de la conflictividad de España en Estrasburgo y la aparición de asuntos repetitivos.—2. LA REDEFINICIÓN DE LAS RELACIONES ENTRE EL TC Y EL TEDH.—2.1. Punto de partida: la noción de «especial trascendencia constitucional» .—2.2. La Sentencia del TC como elemento necesario para la correcta recepción de la doctrina del TEDH.—2.2.1. La investigación oficial de la tortura (art. 3 CEDH; art. 24.1 en relacióncon art. 15 CE) .—2.2.2. Las garantías del debido proceso y el principio de inmediación (art. 6.1 CEDH; art. 24.2 CE) .—2.2.3. Políticas migratorias y el derecho a la vida familiar (art. 8.1 CEDH; arts. 18.1 y 39.1 CE) .—2.3. La Sentencia del TC y la exposición de los rasgos singulares del Derecho español.—2.3.1. El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas (art. 6.1 CEDH; art. 24.2 CE) .—2.3.2. La protección de la vida privada en el domicilio frente a las inmisiones inmateriales (art. 8 CEDH; art. 18.1 CE) .—A MODO DE CONCLUSIÓN: LAS SENTENCIAS DEL TEDH COMO SUPUESTO DE «ESPECIAL TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL» .  \nintrodUcciÓn  \nDesde que hace seis años entró en vigor la LO 6/2007, de 24 de mayo, de reforma de la LO 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, ha habido  \nREDI, vol. LXVI (2014), 1  \nun cambio en las relaciones entre el Tribunal Constitucional (en adelante TC) yel Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en adelante TEDH) . Esta modificación del marco de relación entre el TCy el TEDH no fue buscada por el legislador orgánico, el cual, a la vista de los trabajos legislativos y de la propia Exposición de Motivos de la Ley, no llegó siquiera a plantearse esta posibilidad 1.  \nSin embargo, como se analiza en el apartado primero de este estudio (1 . La quiebra del marco de relación del Tribunal Constitucional con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una externalidad de la LO 6/2007), tal cambio en las relaciones entre ambos Tribunales se ha producido y está conllevandounas consecuencias no siempre positivas, por lo que puede afirmarse que noshallamos ante una externalidad 2 de la reforma. En efecto, el TC ha perdido el importantísimo papel de engarce entre los sistemas español y europeo de protección de derechos que cumplía hasta 2007 y ello ha comportado, entre otros extremos, una mayor conflictividad de España ante Estrasburgo y laaparición de asuntos repetitivos, que expresan una deficiente recepción por los tribunales españoles de la doctrina del TEDH.  \nResulta, por tanto, necesario redefinir el papel del TC en el nuevo marcode relación entre el TC y el TEDH surgido de la reforma de la LO 6/2007 . Aesta cuestión, y partiendo de la práctica reciente de ambos tribunales, se dedica la parte segunda del trabajo (2 . La redefinición de las relaciones entre el TC y el TEDH) .  \n1. la QUieBra del Marco de re","cbCaif7DX7KuaWSs","https://ap.wps.com/l/cbCaif7DX7KuaWSs","pdf",493644,43,"Spanish","# Introducción\n# La quiebra del marco de relación del Tribunal Constitucional con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una externalidad de la LO 6/2007\n## La tradicional relación entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos\n## La objetivación del recurso de amparo\n## Consecuencias de la objetivación del recurso de amparo en las relaciones entre el TC y el TEDH\n# La redefinición de las relaciones entre el TC y el TEDH\n## Punto de partida: la noción de “especial trascendencia constitucional”\n## La Sentencia del TC como elemento necesario para la correcta recepción de la doctrina del TEDH\n# A modo de conclusión: las sentencias del TEDH como supuesto de “especial trascendencia constitucional”","[{\"question\":\"Qué cambio introduce la LO 6/2007 en la relación entre el TC y el TEDH?\",\"answer\":\"La reforma modifica el marco de relación y afecta al papel del TC como engarce entre los sistemas español y europeo de protección de derechos. 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