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Integra ingresos por contribuciones, productos y aprovechamientos de ejercicios anteriores pendientes de liquidación o pago, y presenta estimaciones globales y por clasificaciones de rubros, fuentes de financiamiento y estructura económica. 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Así mismo, se establecerán aquellas disposiciones de vigencia anual que se consideren necesarias para el ejercicio de las atribuciones fiscales del y los montos aplicables por concepto de multas por infracciones cometidas a disposiciones fiscales en el Municipio de Monclova, Coahuila de Zaragoza.\nForman parte de los ingresos las contribuciones, productos y aprovechamientos causados en ejercicios anteriores, pendientes de liquidación o pago.\nLa presente Ley se encuentra regulada en los términos establecidos en el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, específicamente en lo referente a los ingresos para el ejercicio fiscal del año 2022, mismos que se integran en base a los conceptos señalados a continuación:\nDE LOS INGRESOS ESTIMADOS\nSección I\nDisposiciones Generales\nI.- Los ingresos estimados previstos en el presente Anteproyecto de Ley de Ingresos del Municipio de Monclova, Coahuila de Zaragoza, importa la cantidad de  $ 773, 439,579.21.\nSección II\nEstimación de Ingresos Global\nI.- A continuación, se presentan los montos considerados en forma global de ingresos para el Municipio y sus respectivas paramunicipales:\nImpuestos\nCuotas y Aportaciones de Seguridad Social\nContribuciones de Mejoras\nDerechos\nProductos\nAprovechamientos\nIngresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos\nParticipaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones\nTransferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones\nIngresos Derivados de Financiamientos\nSección III\nEstimación de Ingresos del Municipio\nI.- Los ingresos estimados para el ejercicio 2022 con base en la Clasificación por Rubros de Ingresos se distribuyen de la siguiente manera:\nII.- Los ingresos estimados para el ejercicio 2022 con base en la Clasificación por Fuentes de Financiamiento se distribuyen de la siguiente manera:\nIII.- Los ingresos estimados para el ejercicio 2022 con base en la Clasificación Económica se distribuyen de la siguiente manera:\nSección IV\nDisciplina Financiera\nI.- Los objetivos, estrategias y metas de los ingresos para el ejercicio fiscal 2022, se presentan a continuación:\nLo anterior, se acompañará de parámetros cuantificables e indicadores de desempeño. Lo que deberá ser congruente con el Plan Municipal de Desarrollo y los programas derivados del mismo. Esto se comprobará mediante una alineación de los programas presupuestarios con los objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo y de los Programas Sectoriales y/o Especiales.\nII.- Las proyecciones de ingresos para el ejercicio fiscal 2022 y ejercicios posteriores, se presentan a continuación:\nIII.- Los resultados de ingresos para el ejercicio fiscal 2021 y ejercicios anteriores, se presentan a continuación:\nTÍTULO SEGUNDO\nDE LAS CONTRIBUCIONES\nCAPÍTULO PRIMERO\nDEL IMPUESTO PREDIAL\nARTÍCULO 2.- El impuesto predial se pagará con las tasas siguientes:\nI.-   Sobre los predios urbanos 2.5 al millar anual.\nII.-  Sobre predios rústicos 2.5 al millar anual.\nIII.-  El monto del impuesto predial anual urbano y rústico no podrá ser inferior a $ 147.00\nIV.-Cuando la cuota anual respectiva al impuesto a que se refiere este capítulo se cubra antes del 31 de enero, se otorgará un incentivo correspondiente a un 15% del monto total por concepto de pronto pago. 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