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Se analiza la solicitud de acceso presentada en SAIMEX para obtener renuncias del año 2023, junto con el movimiento de baja, así como la respuesta del sujeto obligado que incluyó documentos en versión pública tras clasificaciones y actas del Comité de Transparencia. El expediente aborda la inconformidad por presunta falta de información completa y el informe justificado del sujeto obligado, incluyendo actuaciones para ratificar y validar la información remitida, así como ajustes de confidencialidad.",{"@graph":51,"@context":106},[52,68,89],{"@type":53,"itemListElement":54},"BreadcrumbList",[55,59,62,65],{"item":56,"name":57,"@type":58,"position":9},"https://docshare.wps.com","Home","ListItem",{"item":60,"name":10,"@type":58,"position":61},"https://docshare.wps.com/es/template/",2,{"item":63,"name":11,"@type":58,"position":64},"https://docshare.wps.com/es/template/cartas/",3,{"item":66,"name":47,"@type":58,"position":67},"https://docshare.wps.com/es/template/resolution-of-the-plenary-of-the-institute-of-transparency-access-to-public-information-and-personal-data-protection-of-the-state-of-mexico-and-municipalities/175415/",4,{"url":66,"name":47,"@type":69,"image":70,"author":75,"headline":47,"publisher":78,"fileFormat":81,"inLanguage":45,"description":49,"dateModified":82,"datePublished":83,"encodingFormat":81,"isAccessibleForFree":84,"interactionStatistic":85},"DigitalDocument",{"url":71,"@type":72,"width":73,"height":74},"https://docshare.wps.com/thumbnails/resolution-of-the-plenary-of-the-institute-of-transparency-access-to-public-information-and-personal-data-protection-of-the-state-of-mexico-and-municipalities/175415.png","ImageObject",442,249,{"name":76,"@type":77},"Aria","Person",{"url":56,"name":79,"@type":80},"DocShare","Organization","application/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document","2026-09-17","2026-09-02",true,{"@type":86,"interactionType":87,"userInteractionCount":9},"InteractionCounter",{"@type":88},"ViewAction",{"@type":90,"mainEntity":91},"FAQPage",[92,98,102],{"name":93,"@type":94,"acceptedAnswer":95},"Qué información solicitó la parte recurrente a través de SAIMEX?","Question",{"text":96,"@type":97},"Solicitó las renuncias de lo que se lleva del año 2023, acompañadas del movimiento de baja.","Answer",{"name":99,"@type":94,"acceptedAnswer":100},"Cuál fue el acto impugnado en el recurso de revisión?",{"text":101,"@type":97},"Se señaló que no se entregó la información completa, faltaban renuncias y FUMP de ex servidores.",{"name":103,"@type":94,"acceptedAnswer":104},"Qué documentos se proporcionaron en respuesta y cómo se gestionó su clasificación?",{"text":105,"@type":97},"Se informó sobre renuncias en versión pública, formatos únicos de movimientos de personal en versión pública, cuadro de clasificación y actas del Comité de Transparencia que aprobaron la versión pública y la desclasificación parcial como confidencial.","https://schema.org",{"og:url":66,"og:type":108,"og:title":47,"og:site_name":79,"og:description":49},"article",{"robots":110,"canonical":66},"index,follow",{"doc_id":112,"site_id":44},175415,1788320123,{"code":4,"msg":5,"data":115},{"doc_id":112,"user_id":116,"nickname":76,"user_avatar":117,"doc_module":9,"category_id":8,"category_name":11,"doc_title":47,"doc_description":49,"doc_content":118,"file_id":119,"file_url":120,"file_type":121,"file_size":122,"view_count":9,"is_deleted":4,"is_public":9,"is_downloadable":9,"audit_status":9,"page_count":123,"language":124,"language_code":45,"site_id":44,"html_lang":45,"table_of_contents":125,"faqs":126,"seo_title":127,"seo_description":49,"update_tm":113,"read_time":128},2336464648322,"https://ap-avatar.wpscdn.com/avatar/2200025388227c56fec?_k=1778556882303663488","Resolución del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, con domicilio en Metepec, Estado de México, de fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro.\nVisto el expediente relativo al recurso de revisión 08159/INFOEM/IP/RR/2023, interpuesto por una persona usuaria del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense al cual en lo sucesivo se le denominará la parte RECURRENTE, en contra de la respuesta a su solicitud de información identificada con número de folio 01137/INFOEM/IP/2023 proporcionada por parte del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios en lo sucesivo el SUJETO OBLIGADO; se procede a dictar la presente resolución, con base en los siguientes:\nI.\tA N T E C E D E N T E S\nSolicitud de acceso a la información. Con fecha veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, la parte RECURRENTE formuló solicitud de acceso a información pública al SUJETO OBLIGADO a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense, en adelante SAIMEX, en la que requirió lo siguiente:\n“Se solicitan las renuncias de lo que se lleva del año 2023, acompañado del movimiento de baja”\nModalidad elegida para la entrega de la información: a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX)\nRespuesta. En fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés, el SUJETO OBLIGADO proporcionó respuesta a la solicitud de información, al tenor de lo siguiente:\nEn respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 53, Fracciones: II, V y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le contestamos que:\nCon fundamento en el artículo 53 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se adjunta la respuesta a su solicitud de información pública.\nAsimismo, adjuntó su respuesta con el documento que se describe a continuación:\nOficio de fecha seis de noviembre de dos mil veintitrés, signado por el Director General de Administración y Finanzas, mediante el cual informa que,  dentro de las renuncias existe información susceptible de ser clasificada, por lo que, se propone su clasificación, en lo que respecta a los formatos únicos de movimiento de personal,  se señala que, también estos cuentan con información susceptible de clasificarse.\nTreinta y nueve renuncias, en versión pública.\nFormatos Únicos de Movimientos de Personal, en versión pública.\nCuadro de clasificación.\nActa emitida por el Comité de Transparencia de fecha ocho de noviembre de dos mil veintitrés, mediante el cual se aprueba la versión pública de los documentos proporcionados.\nOficio de fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés, signado por el Titular de la Unidad de Transparencia, mediante el cual informa que, se envía la respuestas proporcionadas por las unidades administrativas competentes.\nResumen de respuesta a la solicitud de acceso a la información.\nRecurso de Revisión. En fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés la persona Solicitante interpuso Recurso de Revisión a través del SAIMEX, a través del cual expresó lo siguiente:\nActo impugnado. “No entrega la informacion completa faltan renuncias y fump de ex servidores”\nRazones o motivos de la inconformidad: “No entrega la informacion completa faltan renuncias y fump de ex servidores”\nTurno. De conformidad con el artículo 185, fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el recurso de revisión número 08159/INFOEM/IP/RR/2023, se turnó por el sistema electrónico del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, a la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña para su análisis, estudio, elaboración del proyecto y presentación ante el Pleno de este I","cbCaivd1l9bumdpF","https://ap.wps.com/l/cbCaivd1l9bumdpF","docx",154725,30,"Spanish","# Antecedentes\n## Solicitud de acceso a la información\n## Respuesta del sujeto obligado\n## Recurso de revisión\n## Turno y admisión del recurso\n## Informe justificado","[{\"question\":\"Qué información solicitó la parte recurrente a través de SAIMEX?\",\"answer\":\"Solicitó las renuncias de lo que se lleva del año 2023, acompañadas del movimiento de baja.\"},{\"question\":\"Cuál fue el acto impugnado en el recurso de revisión?\",\"answer\":\"Se señaló que no se entregó la información completa, faltaban renuncias y FUMP de ex servidores.\"},{\"question\":\"Qué documentos se proporcionaron en respuesta y cómo se gestionó su clasificación?\",\"answer\":\"Se informó sobre renuncias en versión pública, formatos únicos de movimientos de personal en versión pública, cuadro de clasificación y actas del Comité de Transparencia que aprobaron la versión pública y la desclasificación parcial como confidencial.\"}]","Resolución del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios | DOCX",11]