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Incluye campos para identificación del peticionario, asunto, hechos y peticiones formuladas con precisión, además de fundamentos legales con base en el artículo 23 de la Constitución y la Ley 1755 de 2015. Ofrece referencia a jurisprudencia sobre el deber de resolver de fondo y en términos legales, e incluye sección de anexos y recordatorio de plazos y límites para negar información.",{"@graph":51,"@context":106},[52,68,89],{"@type":53,"itemListElement":54},"BreadcrumbList",[55,59,62,65],{"item":56,"name":57,"@type":58,"position":9},"https://docshare.wps.com","Home","ListItem",{"item":60,"name":10,"@type":58,"position":61},"https://docshare.wps.com/es/template/",2,{"item":63,"name":11,"@type":58,"position":64},"https://docshare.wps.com/es/template/cartas/",3,{"item":66,"name":47,"@type":58,"position":67},"https://docshare.wps.com/es/template/petition-template-right-to-request-information/160758/",4,{"url":66,"name":47,"@type":69,"image":70,"author":75,"headline":47,"publisher":78,"fileFormat":81,"inLanguage":45,"description":49,"dateModified":82,"datePublished":83,"encodingFormat":81,"isAccessibleForFree":84,"interactionStatistic":85},"DigitalDocument",{"url":71,"@type":72,"width":73,"height":74},"https://docshare.wps.com/thumbnails/petition-template-right-to-request-information/160758.png","ImageObject",442,249,{"name":76,"@type":77},"Ezra","Person",{"url":56,"name":79,"@type":80},"DocShare","Organization","application/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document","2026-09-18","2026-08-30",true,{"@type":86,"interactionType":87,"userInteractionCount":64},"InteractionCounter",{"@type":88},"ViewAction",{"@type":90,"mainEntity":91},"FAQPage",[92,98,102],{"name":93,"@type":94,"acceptedAnswer":95},"¿Ante quién puede presentarse un derecho de petición según el modelo?","Question",{"text":96,"@type":97},"Puede dirigirse a autoridades públicas y también ante particulares, con el fin de proteger derechos fundamentales.","Answer",{"name":99,"@type":94,"acceptedAnswer":100},"¿Qué debe incluirse en la sección de “Hechos” y en “Peticiones”?",{"text":101,"@type":97},"“Hechos” debe enunciarse de manera cronológica y clara. “Peticiones” debe señalarse de forma precisa las solicitudes respetuosas que se presenten.",{"name":103,"@type":94,"acceptedAnswer":104},"¿En qué norma se fundamenta el derecho de petición y qué obligaciones tiene la entidad que responde?",{"text":105,"@type":97},"Se fundamenta en el artículo 23 de la Constitución Política y en la Ley 1755 de 2015. 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S. D.\n\u0013 SHAPE  \\* MERGEFORMAT \u0014\nCualquier persona  puede dirigir peticiones respetuosas de carácter general o particular ante autoridades públicas e igualmente ante particulares para la protección de sus derechos fundamentales.\n\u0015\nAsunto: Petición de información sobre (señalar el tema objeto de la petición)\n\u0013 SHAPE  \\* MERGEFORMAT \u0014\nMediante el derecho de petición se puede solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.\n\u0015\nYo, ________________________, identificado (a) con la cédula de ciudadanía ______________ de _________________, muy respetuosamente por medio del presente escrito presento a ustedes derecho de petición teniendo en cuenta lo consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política y la Ley 1755 de 2015, con base en los siguientes hechos:\nHECHOS\n\u0013 SHAPE  \\* MERGEFORMAT \u0014\nEnunciar de manera cronológica y clara los hechos relacionados con la petición o peticiones.\n\u0015\nTeniendo en cuenta los anteriores hechos, presento a ustedes las siguientes:\nPETICIONES\n\u0013 SHAPE  \\* MERGEFORMAT \u0014\nSeñalar de forma muy precisa las peticiones respetuosas que se hagan ante las autoridades o ante los particulares.\n\u0015\nFUNDAMENTOS DE DERECHO\n\u0013 SHAPE  \\* MERGEFORMAT \u0014\nNo es un requisito esencial invocar los fundamentos de derecho, sin embargo, se recomienda por lo menos señalar el artículo 23 de la Constitución, la referencia a la Ley 1755 de 2015 y un cita de la Corte Constitucional relacionada con la protección de este derecho.\n\u0015\nEn mi calidad de ciudadano(a), el presente derecho de petición se funda en lo dispuesto en el artículo 23 de la Constitución Nacional, y los artículos 13 y 14  de la Ley 1755 de 2015.\nLa Corte Constitucional ha destacado la obligación de que las entidades den respuesta a los derechos de petición comoquiera que este, no solo es un derecho fundamental, sino que además de su respuesta depende la protección de otros derechos fundamentales. Así lo indicó la sentencia T-491 de 2013 con ponencia del doctor Luis Ernesto Vargas Silva:\n“La jurisprudencia constitucional sobre el contenido y alcance del derecho de petición es extensa y reiterada, razón por la cual existe consenso acerca de las reglas esenciales que gobiernan esa garantía constitucional.  Por ende, la Corte reiterará tales previsiones a partir de una de sus recapitulaciones. El derecho de petición es fundamental y determinante para la efectividad de los mecanismos de la democracia participativa. Además, porque mediante él se garantizan otros derechos constitucionales, como los derechos a la información, a la participación política y a la libertad de expresión. El núcleo esencial del derecho de petición reside en la resolución pronta y oportuna de la cuestión, pues de nada serviría la posibilidad de dirigirse a la autoridad si ésta no resuelve o se reserva para sí el sentido de lo decidido.”\nEn cuanto al contenido de la respuesta, la Constitución Política en su artículo 23 consagra el derecho de petición como un derecho fundamental en virtud del cual se otorga a los ciudadanos la posibilidad de presentar solicitudes respetuosas y a obtener de ellas una respuesta oportuna y completa sobre el particular. Como lo ha sostenido en forma reiterada la jurisprudencia constitucional, para la satisfacción de ese derecho la respuesta debe ser: i) oportuna, ii) debe resolver el asunto de fondo, en forma clara, precisa y de manera congruente con lo solicitado; y iii) debe ser puesta en conocimiento del peticionario. 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