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Define el marco de gestión de TI y un periodo de transición para implementar procesos por etapas, con tiempos máximos por tipo de supervisión. Detalla roles y responsabilidades del Órgano de Dirección, Comité de TI y Alta Gerencia, incluyendo aprobación del marco, políticas, estrategias, recursos, auditoría externa y seguimiento del plan de acción y reportes de supervisión.",{"@graph":51,"@context":106},[52,68,89],{"@type":53,"itemListElement":54},"BreadcrumbList",[55,59,62,65],{"item":56,"name":57,"@type":58,"position":9},"https://docshare.wps.com","Home","ListItem",{"item":60,"name":10,"@type":58,"position":61},"https://docshare.wps.com/es/template/",2,{"item":63,"name":11,"@type":58,"position":64},"https://docshare.wps.com/es/template/cartas/",3,{"item":66,"name":47,"@type":58,"position":67},"https://docshare.wps.com/es/template/general-guidelines-for-the-general-regulation-on-information-technology-management-sugef-agreement-14-17/169020/",4,{"url":66,"name":47,"@type":69,"image":70,"author":75,"headline":47,"publisher":78,"fileFormat":81,"inLanguage":45,"description":49,"dateModified":82,"datePublished":83,"encodingFormat":81,"isAccessibleForFree":84,"interactionStatistic":85},"DigitalDocument",{"url":71,"@type":72,"width":73,"height":74},"https://docshare.wps.com/thumbnails/general-guidelines-for-the-general-regulation-on-information-technology-management-sugef-agreement-14-17/169020.png","ImageObject",442,249,{"name":76,"@type":77},"Quinn","Person",{"url":56,"name":79,"@type":80},"DocShare","Organization","application/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document","2026-09-18","2026-09-01",true,{"@type":86,"interactionType":87,"userInteractionCount":61},"InteractionCounter",{"@type":88},"ViewAction",{"@type":90,"mainEntity":91},"FAQPage",[92,98,102],{"name":93,"@type":94,"acceptedAnswer":95},"Qué reglamento y acuerdo sustentan estos lineamientos?","Question",{"text":96,"@type":97},"Los lineamientos se emiten conforme al Reglamento General de Gestión de la Tecnología de Información, Acuerdo SUGEF 14-17, aprobado mediante actas del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.","Answer",{"name":99,"@type":94,"acceptedAnswer":100},"Cuál es el periodo de transición para implementar los procesos del marco de gestión de TI?",{"text":101,"@type":97},"Las entidades deben implementar gradualmente, como máximo, durante los primeros 3 años para las supervisadas por SUGEF y 5 años para las demás entidades, contados desde la entrada en vigencia del reglamento.",{"name":103,"@type":94,"acceptedAnswer":104},"Qué responsabilidades se asignan al Órgano de Dirección y al Comité de TI?",{"text":105,"@type":97},"El Órgano de Dirección aprueba el Marco de Gestión de TI, establece comités cuando corresponda y supervisa políticas, informes y auditorías. 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Despacho del Superintendente. Santa Ana, del 31 de marzo del 2017.\nEl Superintendente de Entidades Financieras,\nConsiderando que:\n1. \tEl Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante los artículos 9 y 11 de las actas de las sesiones 1318-2017 y 1319-2017, celebradas el 13 y el 20 de marzo del 2017, respectivamente, aprobó el Reglamento General de Gestión de la Tecnología de Información, Acuerdo SUGEF 14-17.\n2. \tConforme el artículo 4 del Reglamento, corresponde a los Superintendentes emitir conjuntamente los Lineamientos Generales para su aplicación;\n3. \tLos artículos 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 16, 17, 19, el transitorio único, el formulario de perfil tecnológico, la solicitud sobre tipo de gestión de TI, los criterios complementarios para la ejecución de la auditoría externa de TI e informe, la matriz de evaluación, la periodicidad del reporte supervisor, y el formato del plan de acción del citado reglamento, requieren la emisión de lineamientos en relación al marco de gestión de TI.\n4. El Reglamento General de Gestión de la Tecnología de Información, Acuerdo SUGEF-14-17, así como, sus Lineamientos Generales, aplican para las entidades supervisadas por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), la Superintendencia de Pensiones (SUPEN), la Superintendencia General de Seguros (SUGESE) y la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF).\n5. El anterior Acuerdo SUGEF 14-09 “Reglamento sobre la gestión de la tecnología de información” y sus Lineamientos Generales, que aplicaban únicamente para las entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF); están siendo derogados.\nDispone:\n1. Emitir los “Lineamientos Generales al Reglamento General de Gestión de la Tecnología de Información,” de conformidad con el siguiente texto:\nLINEAMIENTOS GENERALES AL REGLAMENTO GENERAL DE GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN\n1. Marco de gestión de TI y periodo de transición (Artículo 8 y transitorio único)\nDe los procesos detallados en el Anexo 1, las entidades supervisadas deberán determinar cuáles resultan adecuados a su Marco de Gestión de TI, todo debidamente fundamentado y aprobado por su Órgano de Dirección.\nLas entidades deben implementar los procesos de su marco de gestión de TI gradualmente como máximo durante los primeros 3 años para las entidades supervisadas por SUGEF y 5 años para el resto de las entidades supervisadas por las otras Superintendencias, contados a partir de la entrada en vigencia del reglamento.\nEn concordancia con la naturaleza, modelo de negocio, criticidad de los procesos y dependencia tecnológica de información y la complejidad de sus operaciones, las superintendencias esperan que los entes supervisados implementen los órganos, comités, instancias y controles, para lo cual deben contar con una estructura organizacional para la gestión de TI que delimite claramente sus obligaciones, funciones y responsabilidades y que cuente con políticas orientadas a cautelar una adecuada gestión de TI en congruencia con la estrategia de gestión de los riesgos de TI determinada por las entidades supervisadas.\nAlgunos aspectos relevantes a tomar en consideración para el establecimiento de los roles y responsabilidades de las partes interesadas para la implementación, supervisión y evaluación de la gestión de TI son los siguientes:\nÓrgano de Dirección.\ni. \tAprobar el Marco de Gestión de TI.\nii. \tDireccionar a sus miembros, alta gerencia, líder del área de informática y el líder de administrar los riesgos, o cualquier otro miembro que se considere pertinente para que se involucren en las instancias que les permitan gestionar las tecnologías de información.\niii. Establecer un Comité de TI, cuando así lo requiera de acuerdo a su ordenamiento organizacional y la naturaleza de sus operaciones.\niv. Designar la firma de auditores externos o profesiona","cbCaiotGf4ANWsjd","https://ap.wps.com/l/cbCaiotGf4ANWsjd","docx",301462,25,"Spanish","# Lineamientos Generales al Reglamento General de Gestión de la Tecnología de Información\n## Marco de gestión de TI y periodo de transición (Artículo 8 y transitorio único)\n## Roles y responsabilidades: Órgano de Dirección, Comité de TI y Alta Gerencia","[{\"question\":\"Qué reglamento y acuerdo sustentan estos lineamientos?\",\"answer\":\"Los lineamientos se emiten conforme al Reglamento General de Gestión de la Tecnología de Información, Acuerdo SUGEF 14-17, aprobado mediante actas del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.\"},{\"question\":\"Cuál es el periodo de transición para implementar los procesos del marco de gestión de TI?\",\"answer\":\"Las entidades deben implementar gradualmente, como máximo, durante los primeros 3 años para las supervisadas por SUGEF y 5 años para las demás entidades, contados desde la entrada en vigencia del reglamento.\"},{\"question\":\"Qué responsabilidades se asignan al Órgano de Dirección y al Comité de TI?\",\"answer\":\"El Órgano de Dirección aprueba el Marco de Gestión de TI, establece comités cuando corresponda y supervisa políticas, informes y auditorías. 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