[{"data":1,"prerenderedAt":-1},["ShallowReactive",2],{"detail-sidebar-cat-1-es-110":3,"doc-seo-165708-110":41,"doc-detail-165708-es":114},{"code":4,"msg":5,"data":6},0,"success",[7,13,17,21,25,29,33,37],{"id":8,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":11,"show_sort_weight":4,"slug":12},165,1,"Template","Cartas","cartas",{"id":14,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":15,"show_sort_weight":4,"slug":16},162,"Carteles","carteles",{"id":18,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":19,"show_sort_weight":4,"slug":20},160,"Currículums","curriculums",{"id":22,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":23,"show_sort_weight":4,"slug":24},161,"Facturas","facturas",{"id":26,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":27,"show_sort_weight":4,"slug":28},164,"Formularios","formularios",{"id":30,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":31,"show_sort_weight":4,"slug":32},166,"General","general-166",{"id":34,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":35,"show_sort_weight":4,"slug":36},159,"Presentaciones","presentaciones",{"id":38,"doc_module":9,"doc_module_name":10,"category_name":39,"show_sort_weight":4,"slug":40},163,"Redes sociales","redes-sociales",{"code":4,"msg":42,"data":43},"ok",{"site_id":44,"language":45,"slug":46,"title":47,"keywords":48,"description":49,"schema_data":50,"social_meta":107,"head_meta":109,"extra_data":111,"updated_unix":113},110,"es","critica-y-derecho-6-human-rights-as-norm-and-decision-a-reading-from-political-philosophy","CRÍTICA Y DERECHO - 6 - Los derechos humanos como norma y decisión - Una lectura desde la filosofía política","","El texto desarrolla una reflexión filosófico-política sobre los derechos humanos, entendidos como norma y como decisión, a partir del recorrido desde el movimiento iusnaturalista racionalista hasta su positivación en el siglo XVIII. Se explica el carácter moderno de los derechos humanos y su diferenciación frente a libertades jurídicas antiguas entendidas como privilegios. Asimismo, se describen elementos del iusnaturalismo racionalista, la secularización del derecho natural y el fundamento en la razón humana como base de validez universal, así como la noción de derechos naturales innatos.",{"@graph":51,"@context":106},[52,68,89],{"@type":53,"itemListElement":54},"BreadcrumbList",[55,59,62,65],{"item":56,"name":57,"@type":58,"position":9},"https://docshare.wps.com","Home","ListItem",{"item":60,"name":10,"@type":58,"position":61},"https://docshare.wps.com/es/template/",2,{"item":63,"name":11,"@type":58,"position":64},"https://docshare.wps.com/es/template/cartas/",3,{"item":66,"name":47,"@type":58,"position":67},"https://docshare.wps.com/es/template/critica-y-derecho-6-human-rights-as-norm-and-decision-a-reading-from-political-philosophy/165708/",4,{"url":66,"name":47,"@type":69,"image":70,"author":75,"headline":47,"publisher":78,"fileFormat":81,"inLanguage":45,"description":49,"dateModified":82,"datePublished":83,"encodingFormat":81,"isAccessibleForFree":84,"interactionStatistic":85},"DigitalDocument",{"url":71,"@type":72,"width":73,"height":74},"https://docshare.wps.com/thumbnails/critica-y-derecho-6-human-rights-as-norm-and-decision-a-reading-from-political-philosophy/165708.png","ImageObject",442,249,{"name":76,"@type":77},"Kyle","Person",{"url":56,"name":79,"@type":80},"DocShare","Organization","application/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document","2026-09-14","2026-08-31",true,{"@type":86,"interactionType":87,"userInteractionCount":9},"InteractionCounter",{"@type":88},"ViewAction",{"@type":90,"mainEntity":91},"FAQPage",[92,98,102],{"name":93,"@type":94,"acceptedAnswer":95},"Cómo entiende el texto el tránsito del iusnaturalismo racionalista hacia los derechos humanos positivados?","Question",{"text":96,"@type":97},"El texto recorre las implicaciones del movimiento iusnaturalista racionalista y explica su posterior positivación, especialmente en el siglo XVIII, que influye en modelos de declaraciones o cartas de derechos.","Answer",{"name":99,"@type":94,"acceptedAnswer":100},"Por qué sostiene el documento que los derechos humanos son una noción propiamente moderna?",{"text":101,"@type":97},"Distingue entre derechos modernos y libertades jurídicas antiguas, señalando que la dignidad, libertad e igualdad se esgrimían en autores clásicos, pero no bajo un concepto unificado de derechos.",{"name":103,"@type":94,"acceptedAnswer":104},"Cuál es el fundamento del derecho natural en el iusnaturalismo racionalista según el texto?",{"text":105,"@type":97},"El derecho natural racionalista se basa en la razón y se separa del derecho natural de origen divino; esa razón humana sostiene la validez universal y el reconocimiento de derechos naturales innatos.","https://schema.org",{"og:url":66,"og:type":108,"og:title":47,"og:site_name":79,"og:description":49},"article",{"robots":110,"canonical":66},"index,follow",{"doc_id":112,"site_id":44},165708,1788175783,{"code":4,"msg":5,"data":115},{"doc_id":112,"user_id":116,"nickname":76,"user_avatar":117,"doc_module":9,"category_id":8,"category_name":11,"doc_title":47,"doc_description":49,"doc_content":118,"file_id":119,"file_url":120,"file_type":121,"file_size":122,"view_count":9,"is_deleted":4,"is_public":9,"is_downloadable":9,"audit_status":9,"page_count":123,"language":124,"language_code":45,"site_id":44,"html_lang":45,"table_of_contents":125,"faqs":126,"seo_title":127,"seo_description":49,"update_tm":113,"read_time":128},3985741905716,"https://ap-avatar.wpscdn.com/davatar_994ba38a5ba835b3df7d355c54d3ed8d","CRÍTICA Y DERECHO - 6\nLos derechos humanos como norma y decisión. Una lectura desde la filosofía política\nJorge Benavides Ordóñez\nQuito – Ecuador. Corte Constitucional del Ecuador\nCentro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional (CEDEC)\nResumen preparado por la Adjunta Gabriela Alejandra Ricart\nINTRODUCCION:\nHaremos un repaso a las implicaciones que concitó para los derechos el movimiento iusnaturalista racionalista, pasando a su posterior positivación, especialmente a la producida en el siglo XVIII, es decir a los modelos de derechos inglés, norteamericano y francés. Con sus semejanzas y  diferencias, comparten la consideración de la importancia de unos derechos naturales e individuales que le pertenecen al hombre por su condición de ser humano.\nCapítulo I\nLos derechos humanos como expresión del iusnaturalismo racionalista\nSin lugar a dudas la búsqueda del origen de los derechos humanos se convierte en una tarea de suma complejidad, pues habría que indagar en los inicios mismos del pensamiento occidental, pretensión que iría más allá del objeto de estudio del presente libro. No obstante arrancaremos desde la modernidad, puesto que, es a partir de ahí que podemos hablar propiamente de los derechos, debido a que si bien las nociones de dignidad humana, libertad e igualdad eran esgrimidas por autores como Platón, Aristóteles o Santo Tomás, estas no se unificaban bajo dicho concepto (1)\nSi partimos mencionando el carácter moderno de los derechos humanos debemos diferenciarlos de las antiguas libertades jurídicas, que eran consideradas como una suerte de posición, relacionada con la pertenencia a un gremio o corporación, siendo otorgados excepcionalmente a unos sujetos de modo individual, pero no como derechos sino como privilegios, así su validez era particular. Por eso, podemos sostener que su aparición tiene como sustento ideológico el pensamiento de los siglos XVII y XVIII de impronta iusnaturalista racional, que remplaza la visión teológica medieval a partir de la idea de la dignidad humana, así como en la razón del individuo, elemento esencialmente caracterizador de personas libres, e iguales, que participan en el establecimiento de unos acuerdos, de ahí precisamente su carácter natural y preestatal.\nPara algunos teóricos, los derechos humanos se presentan como un concepto histórico —posición a la que nos adherimos—, por cuanto son producto de una serie de variables sociales, económicas, culturales y políticas que aparecen en un determinado período de la historia. Así, para Antonio E. Pérez Luño: “Los derechos humanos suelen venir entendidos como un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional.”\nA continuación identificaremos algunos elementos de la posición iusnaturalista racionalista, que como lo sostuvimos sirve de fundamento teórico filosófico de aquellos.\nLos derechos humanos como expresión del iusnaturalismo racionalista\n1.1. ¿En qué consistió el iusnaturalismo racionalista?\nSe puede comprender al iusnaturalismo racionalista como aquel movimiento filosófico, que concibió al derecho natural basado en la razón, modelo que se aparta del inicial derecho natural de origen divino, el cual tuvo en el pensamiento de San Agustín, Santo Tomás, Suárez y Vitoria con la Escuela escolástica española a sus principales precursores. Ahora bien, ¿cuál fue el aporte de dicho movimiento a los derechos? Consideramos básicamente los que sirvieron como inspiración teórica abstracta para los movimientos revolucionarios que incorporaron dichos ideales en documentos escritos conocidos como Declaraciones o Cartas de derechos.\nAsí tenemos como algunos elementos que nos permiten identificar al derecho natural racionalista, aquellos que contribuyeron de modo decisivo al tránsito hacia la modernidad, por su carácter secularizante, ","cbCaibSZrI4pugd7","https://ap.wps.com/l/cbCaibSZrI4pugd7","docx",40835,16,"Spanish","# Introducción\n## Movimiento iusnaturalista racionalista y positivación\n# Capítulo I: Los derechos humanos y el iusnaturalismo racionalista\n## Origen moderno y complejidad del concepto\n## Diferenciación con libertades jurídicas antiguas\n## Derecho natural y derecho positivo\n## Aportes del iusnaturalismo racionalista","[{\"question\":\"Cómo entiende el texto el tránsito del iusnaturalismo racionalista hacia los derechos humanos positivados?\",\"answer\":\"El texto recorre las implicaciones del movimiento iusnaturalista racionalista y explica su posterior positivación, especialmente en el siglo XVIII, que influye en modelos de declaraciones o cartas de derechos.\"},{\"question\":\"Por qué sostiene el documento que los derechos humanos son una noción propiamente moderna?\",\"answer\":\"Distingue entre derechos modernos y libertades jurídicas antiguas, señalando que la dignidad, libertad e igualdad se esgrimían en autores clásicos, pero no bajo un concepto unificado de derechos.\"},{\"question\":\"Cuál es el fundamento del derecho natural en el iusnaturalismo racionalista según el texto?\",\"answer\":\"El derecho natural racionalista se basa en la razón y se separa del derecho natural de origen divino; esa razón humana sostiene la validez universal y el reconocimiento de derechos naturales innatos.\"}]","CRÍTICA Y DERECHO - 6 - Los derechos humanos como norma y decisión - Una lectura desde la filosofía política | DOCX",6]