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Define la integración de la Comisión, la duración del cargo y el periodo que concluye en junio de 2025, señalando el procedimiento para designar a quien 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Libre y Soberano de Morelos, es facultad del Congreso del Estado designar a la persona Titular de la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, mismo que será designado por el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los miembros de la Legislatura, a propuesta del Órgano de Gobierno del Congreso, el cual emitirá la convocatoria pública y tras el procedimiento mandatado por la Constitución Local y regulado en la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, Ley Orgánica para el Congreso y esta Convocatoria, remitirá al Pleno del mismo para su designación, la propuesta de los candidatos que hayan cumplido con los requisitos y hayan satisfecho las etapas de la Convocatoria.\nEn términos del artículo 6 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, la Comisión se integra por un Presidente o Presidenta y un Consejo Consultivo, integrado por seis consejeros con carácter honorífico.\nConforme al artículo 16 del mismo ordenamiento el Presidente o Presidenta de la Comisión será electo o electa por el Congreso del Estado, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros y protestará el cargo ante ellos, en la sesión que se señale para tal efecto. Asimismo, durará en el cargo tres años y podrá ser reelecto por única vez para el período inmediato, previa calificación que del desempeño en dicho cargo realice el Congreso del Estado.\nDe conformidad al artículo 50 fracción III inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Morelos, la Junta Política y de Gobierno, tiene las siguientes atribuciones: Proponer al Pleno del Congreso del Estado para su aprobación, las designaciones de los servidores públicos y de cualquier otro funcionario que la ley confiera al Congreso del Estado y que no sea facultad de alguna comisión.\nEl Congreso del Estado, en ejercicio de sus facultades soberanas que le establece la Constitución del Estado y las leyes en la materia, emitió el decreto número trescientos cuarenta y nueve, publicado en el Periódico Oficial \" Tierra y Libertad\" número 6097 por el que designó a la Lic. Raúl Israel Hernández Cruz, para ocupar el cargo de Presidente o Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos por un segundo y único período de tres años, a partir del 20 de junio de 2022, mismo que concluye el 19 de junio del año 2025.\nDado que el período para el que fue designado como Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, concluye el 19 de junio de 2025, el Congreso debe proceder a designar a quien deba sucederle, en su caso, a través de la Junta Política y de Gobierno, órgano que llevará a cabo el procedimiento correspondiente.\nPor lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23-B de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 17 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos y lo conducen","cbCaibcnSkZ2Gaw9","https://ap.wps.com/l/cbCaibcnSkZ2Gaw9","docx",764421,9,"Spanish","# Consideraciones\n## Fundamento constitucional y legal\n## Integración y duración del cargo\n# Bases\n## Primera. 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